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Fundación De San Fernando


En San Antonio de Malloa, jurisdicción del partido de Colchagua, un 17 de mayo de 1742, el Gobernador José Manso de Velasco, fundó la ciudad de San Fernando de Tinguiririca. Dicho establecimiento se realizó sobre los terrenos donados por don Juan José Jiménez y doña Ana María de Morales y Albornoz.

Como evidencia de este hito, el Archivo Nacional, conserva entre sus múltiples documentos, aquel que da cuenta del terreno donado, las concesiones de dominio que de ella se derivaron y las autoridades que estarían a cargo. Así pues el manuscrito del maestre de campo don Pedro Gregorio de Elso, nombrado superintendente y comisario de dicha población, así como bajo su tutela se sindicó a don Carlos Brito, para que realizara la mensura de las tierras donadas y la delineación del pueblo, sus calles y plaza. Como parte de sus facultades, se le dio, además, poder para que distribuyera terrenos, teniendo como premisa fundamental el fomentar la ocupación de dicho territorio.

Este acto se enmarcó en una nueva etapa de la ocupación del territorio del reino de Chile, una que a diferencia de los siglos precedentes, estuvo inscrita en una política fundacional concretada en un proceso planificado y dirigido por las autoridades seculares y eclesiásticas coloniales para concentrar a la población en estancias y haciendas, instando su permanencia a través de la concesión de tierras y solares. En este sentido, estas nuevas ciudades serían la salvaguarda de una sociedad ruralizada, amén de lo cual y tal como lo indica el historiador Santiago Lorenzo, tuvo efectos adversos como la dispersión, el vagabundaje y por consiguiente el aumento de  la delincuencia y criminalidad. Por ello el acto fundacional, era ante todo una acción civilizatoria.

La tarea de civilizar a partir del acto fundacional no fueron acto y consecuencia inmediatos, sino más bien se constituyeron a la saga de otras acciones aparejadas en un sistema de sociabilidad que se impuso a la vida en estas nuevas villas. En razón de ello los dispositivos que se advierten van desde el establecimiento de tributos hasta las obligaciones de ornato y aseo de la ciudad así como el establecimiento de ordenanzas que regulaban el juego, porte de armas e incluso la propia higiene, con las consiguientes autoridades encargadas de administrar y hacerlas cumplir.

Asimismo, al rol policial y de control de las autoridades impuestos en la vida de estas poblaciones se le sumará el pastoral de la Iglesia, el cual se verá fortalecido, toda vez que al concentrar la población se facilitó la tarea a los curas al consignarles terrenos para su vivienda y el establecimiento de diversos conventos y congregaciones religiosas, las cuales contribuirían directamente al trabajo espiritual y por consiguiente al ejercicio civilizatorio que se había puesto en marcha.

Con todo, la importancia de la fundación de ciudades en el siglo XVIII y en este caso el de San Fernando, se inscribe en el espíritu de una política impositiva que se consigna en el espacio, pero transcendería en nuevas formas de habitabilidad y sociabilidad.

Autor: Eliana Urrutia. Académica FACE USS

Fondo Claudio Gay; Volumen 16;  Foja 225.


Bibliografía

Lorenzo, S. (1995). Fuentes para la historia urbana de Chile. Santiago, Chile: Academia Chilena de la Historia.

Lorenzo, S. (2014). De lo rural a lo urbano. Chile en el siglo XVIII. Valparaíso, Santiago: Ediciones Universitarias de Valparaíso.

Lorenzo, S. (1987), Concepto y funciones de las villas chilenas del siglo XVIII. En: Historia, N°22, Pontificia Universidad Católica de Chile, Instituto de Historia. Santiago,  pp. 99-105

Guarda, G. (1968), Ciudad chilena del siglo XVIII, Centro Editor de América Latina S.A. Buenos Aires, Argentina.